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Plazos para Demandar en NY vs NJ — No Pierdas Tu Derecho
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Proceso Legal6 min de lectura15 de marzo de 2026

Plazos para Demandar en NY vs NJ — No Pierdas Tu Derecho

En New York tienes 3 años. En New Jersey tienes 2 años. Pero hay excepciones que pueden acortar estos plazos dramáticamente. Conoce los plazos exactos.

¿Qué Es el Estatuto de Limitaciones?

El estatuto de limitaciones es el plazo legal que tienes para presentar una demanda después de un accidente. Si se te pasa este plazo, pierdes tu derecho a demandar PARA SIEMPRE, sin importar qué tan grave fue tu lesión o qué tan clara es la culpa del otro. Es una de las reglas más estrictas del sistema legal y no hay excepciones una vez que el plazo expira.

Plazos en New York

En New York, los plazos principales son: lesiones personales generales: 3 años desde la fecha del accidente; negligencia médica: 2 años y 6 meses desde la fecha del acto negligente; muerte injusta: 2 años desde la fecha de la muerte; reclamos contra la Ciudad de New York, MTA u otra entidad gubernamental: 90 días para presentar un aviso de reclamo, y 1 año y 90 días para presentar la demanda; reclamos contra el Estado de New York: 90 días para presentar un aviso de reclamo. El plazo de 90 días para reclamos gubernamentales es especialmente peligroso porque muchos accidentes involucran entidades del gobierno sin que la víctima lo sepa (autobuses de la MTA, aceras de la ciudad, edificios públicos).

Plazos en New Jersey

En New Jersey, los plazos son generalmente más cortos: lesiones personales generales: 2 años desde la fecha del accidente; negligencia médica: 2 años desde la fecha en que descubriste (o debiste descubrir) la negligencia; muerte injusta: 2 años desde la fecha de la muerte; reclamos contra entidades gubernamentales (municipios, condados, estado): 90 días para presentar un aviso de reclamo bajo el Tort Claims Act; productos defectuosos: 2 años desde la fecha de la lesión.

Excepciones que Pueden Extender el Plazo

Hay algunas situaciones donde el plazo puede extenderse: menores de edad (el plazo generalmente no comienza hasta que cumplen 18 años), incapacidad mental (si la víctima estaba mentalmente incapacitada después del accidente), descubrimiento tardío (en casos de negligencia médica, el plazo puede comenzar cuando descubres la negligencia), y demandado fuera del estado (si la persona responsable se fue del estado, el tiempo que estuvo fuera puede no contar). Sin embargo, estas excepciones son complejas y no debes depender de ellas. La mejor estrategia es actuar lo antes posible.

¿Por Qué No Debes Esperar?

Más allá del plazo legal, hay razones prácticas para actuar rápido: la evidencia se deteriora o desaparece con el tiempo, los testigos olvidan detalles importantes, las cámaras de seguridad borran sus grabaciones (generalmente cada 30-90 días), los registros médicos son más difíciles de obtener, y las aseguradoras sospechan de reclamos tardíos. Llama al (201) 903-4286 hoy para una consulta gratis. No dejes que el tiempo se agote.

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